martes, 3 de enero de 2012

CONVOCATORIA AGENTE DE IGUALDAD. MANCOMUNIDAD VALLE DEL JERTE

1. Objeto de la Convocatoria

AI amparo del Convenio de Colaboración suscrito enire el Instituto de ia Mujer
de Extremadura y la Mancomunidad de Municipios del Valle dei Jerte, para la
puesta en marcha de la Oficina de Igualdad, se convocan 2 plazas de Agentes
de Igualdad, una plaza a jornada completa y otra al 50% de la jornada para
la mencionada Oficina y que sera el equipo encargado de dinamizar las
mancomunidades en ei asesoramiento, diseño e implementación de los
programas de actuación en materia de Igualdad de Oportunidades en la
Mancomunidad. Asimismo, servirán de enlace entre el Instituto de la Mujer de
Extremadura y las mujeres de ia zona.
El periodo de contratación de las dos agentes de igualdad, será lo establecido
en la Cláusula tercera del Convenio de Colaboración antes mencionado , desde
el inicio de actuaciones y hasta el 31 de diciembre de 2012 y estara
condicionado a la financiacion por parte del Instituto de ia Mujer de
Extremadura a io estipulado en la Cláusula Cuarta del Convenio suscrito.

2. Requisitos c_le Iaslos gsnirantes:

Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, las/os aspirantes
deberán reunir los siguientes requisitos:

 Ser español/a o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o
nacional de algún Estado al que, en virtud de la aplicación de los
Tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados
por el Estado español, le sea de aplicacion la libre circulación de
trabajadores/as.

- Tener cumplidos los 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación

forzosa.

 Estar en posesión de la titulación académica de grado universitario medic
(diplomacia en trabajo social 0 educación social) 0 superior (licenciaturas
en psicología, humanidades, antropología 0 sociología) 0 cumplir las
Condiciones para obtenerla.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estar en posesión de
la credencial que acredite su homologación.

- Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del puesto.

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- No haber sido separada/0 mediante expediente disciplinario del servicio
de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse ìnhabiiitado para
el ejercicio de las funciones públicas. Los/as aspirantes cuya
nacionalidad no eea española deberán acreditar, ademas de lo previsto
anteriormente, no estar sometidos/as a sanción 0 condena penal que
impida, en su Estado, ei acceso a la función pública.

- Estar en posesión del permiso de conducir tipo B y disponibilidad de

vehículo.

- Todos los requisitos establecidos en esta base deberán cumplirse en el
momento de finalización del piazo de presentacion de instancias,
mantenerse durante ei proceso selectivo y acreditarse en caso de
obtener plaza.

3. Funciones y características de los contratos.

Los equipos técnicos tendrán un caracter itinerante. Se desplazarán a los
municipios de la Mancomunidad para desarrollar actuaciones, en función de las
actividades que se programen y de acuerdo a las demandas que se planteen,
teniendo que estar presenies el resto de su jornada laboral, a convenir, en la
sede de la Mancomunidad para desarrollar gestiones, prevalecîendo, en
cualquier caso, criterios de flexibilidad y racionalidad orientados siempre a la
mejora de la calidad del servicio.

Estas Oficinas seran las encargadas de la ejecución de las actuaciones objeto
del Convenio que la Mancomunidad ha firmado con el  y que se ajustará
a la planificación proporcionada por el  Esta planificación constará de dos
programas:

1.- Programa de de integración del principio de igualdad en las políticas
públicas locales, dividido en:

» Programa de Transversalidad de Genero, cuyo objetivo sera desarrollar
metodologías que favorezcan la aplicación de la transversalidad de
genero por parte del personal técnico, en todos los programas y
actuaciones que se lleven a cabo desde la administración local.

- Programa de Consejos |\/Iancomunaies y Locales para la Igualdad, cuyos
objetivos serán fomentar la dinamización de los consejos mancomunales,
orientandolos a modelos de participación igualitaria e ìmpuisar la creación
de los Consejos mancomunaies en aquellas manoomunidades donde
todavia no se hayan constituido.

- Programa de Mesas Locales de Coordinación contra la Violencia de
Género, Cuyo objetivo será coordinar y realizar el seguimiento de las

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políticas orientadas a la prevención y erradicación de la violencia de
género que se pongan en marcha en el territorio.

2. Programa de fortalecimiento de valores igualítarios, divide en:

 Programa de Educación para ia Igualdad dirigido al profesorado, cuyos
objetivos seran dotar al profesorado de herramientas que favorezcan la
aplicación de la perspectiva de genero en la planificación del centro y
establecer alianzas con el profesorado que permitan el desarrollo de
actuaciones desde una perspectiva de género.

 Programa de Educación para la Igualdad dirigido ai alumnado, cuyo
objetivo seré proporcionar modelos de comportamientos y actitudes
igualitarios al alumnado.

- Programa de Educación para la Igualdad dirigido a las AIVIPAS, cuyo
objetivo serán proporcionar el desarrollo de la capacidad critica, por parte
de los y las integrantes de las Al\/IPAS, frente al proceso de socialización
diferencial como forma de trasmisión de desigualdades de genero.

4. Solicitudes y plazos.

A la solicitud, según ANEXO I, se acompañará la siguiente documentación:

 Fotocopia compulsada del D.N.l.

- Currículum vitae, según ANEXO 1|.

- Fotocopia acreditativa de los méritos alegados. Se exigirán los
documentos originales solo a aquellas/os que finalmente consigan las
plazas objeto de esta convocatoria.

- Certificado de empresa con especificación de los meses
trabajados y la categoría profesional y ocupación desarrollada

- Informe de Vida Laborai expedido por la Tesorería General de

la Seguridad Social.

- Contratos de trabajo.

- La acreditación de la disponibilidad de vehiculo se podrá realizar
mediante la especificación en el currículum vitae, siendo
imprescindible la presentación de fotocopia compulsada del permiso
de conducir.

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4.1.- Forma.- Las Instancias solicitando tomar parte en el concurso-
oposicion, se presentarán en el Registro General de la Mancomunidad de
Municipios del Valle dal Jerte, en cualquiera de los Ayuniamientos que la forman
o también de acuerdo con lo preceptuado en el art.38.4 de la Ley 30/92 de 26 de
Noviembre, Reguladora del Régimen Juridico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común.

4.2.- Plazo de presentación.- Será de 15 días naturales contados a partir
del siguiente de la publicación integra de estas bases en el Tablón de Anuncios
dela Mancomunidad de Municipios del Valle del Jene.

4.3.- Derechos de examen.- Los derechos de examen para acceder a
las presentes pruebas serán de 18,00 € a ingresar en la cuenta de esta
Mancomunidad en la Caja de Extremadura, sucursal de la localidad de
Navaconcejo (Cáceres) n° 2099 0039 38 0070002017 y también de conformidad
con Io dispuesto en el art. 38 de la Ley Reguladora del Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Debíendo
acreditar que se ha realizado dicho pago mediante la presentación del
correspondiente recibo o justificante, acompañado a la solicitud.

En la remisión del pago deberá figurar: Mancomunidad de Municipios del Valle
del Jerte. Tesorería.- Oposición a Agente de Igualdad, nombre y apellidos dei
aspirante, y su D.N.|.

4. 4 ADMISIÓN DE CANDIDATOS

4.4.1.- Para ser admitido a las pruebas selectivas bastará con que
los aspirantes maniñesten en sus instancias que reúnen todas y cada unas de las
exigencias contenidas en estas bases, de la presentación de instancias dentro
del plazo establecido y que hayan abonado los derechos de examen.

4.4.2.- Expirado ei plazo de presentación de instancia el Sr.
Presidente dictara resolución en el plazo máximo de cinco dias declarando
aprobada la iista provisional de admitidos y excluidos. Dicha resolución se
publicará en el Tablon de Anuncios de la Mancomunidad de Municipios del Valle
del Jerte y contendrá relación nominal de aspirantes excluidos con sus
correspondientes  e indicación de las causas de exclusión y plazo de
subsanación de los defectos así como el lugar donde se encuentran expuestas al
público las listas certiñcadas y completas de los aspirantes admitidos y excluidos.

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4.4.3.- Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier
momento, de oñcio 0 e petición de los interesados, de conformidad con lo
dispuesto en el art. 105 de la Ley de Regimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

4.4.4.- En el término de 5 días desde que terminase ei plazo de
subsanación de errores, se publicarán en el Tablón de Anuncios de la
Mancomunidad de Municipios del \/alle del Jerte, resolución elevando a definitiva
la lista provisional, con la inclusión de aquellos aspirantes que fueron excluidos y
que hayan subsanado errores Li omisiones, así como el lugar, fecha y hora de
realización de las pruebas y la composición del Tribunal de selección.

La publicación de esta resolucion sera determinante de los plazos a efectos de
posibles impugnaciones o recursos.

5. Tribunal de Selección.

El Tribunal de Selección estará integrado por los/as siguientes miembros:

Presidente/a: Un funcionario del Grupo B o superior de los que forman parte de
la plantilla de personal de los municipios que componen la Mancomunidad de
Municipios del Valle del Jerte o de la Mancomunidad.

Vocales:

- Dos técnico/as del Servicio Sociai de Base de la Mancomunidad.

- Un funcionario del Grupo B 0 superior de los que forman parte de la
plantilla de personal de los municipios que componen la
Mancomunidad de Municipios del Valle del Jerte o de la
Mancomunidad.

- Un/a representante del Instituto de la Mujer de Extremadura

especialista en Igualdad de Oportunidades.

Secretario/a: El Secretario de la Mancomunidad de Municipios del Valle del
Jerte, que tendrá voz, pero no voto.

El Tribunal quedará integrado, además por los suplenîes respectivos, que
simultáneamente con los titulares habrán de designarse

El Tribunal no podra constituirse ni actuar sin la presencia del Presidente/a y
del Secretario/a, o de quienes, en su caso los sustituyan, y de la mitad , ai
menos, de sus miembros.
Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir en el proceso
cuando en ellos se den cualquiera de les circunstancias previstas en ia Ley
30/1992, de 26 de noviembre.

Asimismo, los/es interesados/as podrán promover recusación en los casos
previstos en el mismo texto iegal.

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El Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de
estas bases, así como la resolución de aquellas cuestiones no previstas en las
mismas.

El procedimiento de actuacion del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en la Ley
30/"|992, de 30 de noviembre, de Regimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y dei Procedimiento Administrativo Común.

6. Procedimiento de selección.

Se llevará a cabo en tres fases:

A.- Primera Fase:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 40 preguntas con
tres respuestas alternativas, de las que sóio una es correcta, confeccionado por

el tribunal que versará sobre materias de Igualdad de Oportunidades:

- Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección
Integral contra la Violencia de Genero.

- Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de
mujeres y hombres.

 III Plan para la Igualdad de Oportunidades de las Mujeres de
Extremadura.

- Iniciativas Comunitarias de Igualdad.

 Ley 11/2001, de Crèación de Instituto de la Mujer de Extremadura.

- Ley 8/2011, de 22 de Marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y
contra la Violencia de Género en Extremadura.

- Materias de Desarrollo Local y Rural.

- Territorio de ia Comunidad Autónoma de Extremadura

Los/as aspirantes dispondrán de un tiempo de 45 minutos para la
realización del ejercicio, que sera valorado a razón de 0,1 punto por cada

respuesta correcta. Cada pregunta incorrecta resïará 0,03 puntos.

Se valorará con un máximo de 4 puntos, pasando a la segunda fase, en
todo caso, las 30 mejores puntuaciones.

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B.- Segunda Fase:

Consisïira en la realización de una entrevista dirigida que versará sobre
las funciones y actividades propias del puesto de trabajo a desempeñar y sobre
los méritos alegados por el/a aspirante.

Tendrá una duración aproximada de 15 minutos por aspirante y será
valor da de 0 a 4 puntos, siendo necesario obtener un mínimo cle 2,5 puntos
para acceder a la tercera fase.

C.- Tercera Fase:

Concurso de méritos: la Comisión de Seleccion únicamente valorará
aquellos meritos que esten suficientemente acreditados hasta la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los cursos deformación y perfeccionamiento recibidos y alegados
por las personas aspirantes deberan acreditarse mediante diploma,
certificación de asistencia y/o certificación de aprovechamiento, en los que
deberan figurar necesariamente las horas lectivas de duración de los mismos.

La experiencia laboral será valorada a partir del correspondiente
certificado de empresa con especificación de los meses trabajados y la
categoria profesional y ocupación desarrollada, e informe de Vida Laboral
emitido por ia Seguridad Social, no siendo válida la mera presentación de los
contratos. No sera tenido en cuenta ningún mérito que no esté debidamente
documentado.

Por otro lado, se vaioraran las colaboraciones o trabajos
relacionados oon proyectos de igualdad de Oportunidades entre mujeres y
hombres, que no hayan implicado relación laboral. Se acreditará mediante
certificado del organismo Correspondiente, puntuándose los méritos con arreglo
al baremo establecido en la siguienîe tabla adjunta:

1. Formación en Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres
(máximo ‘I punto):

Hasta 40 horas 0,05 puntos
Entre 41 y 99 horas 0,10 puntos
Entre 100 y 199 horas 0,20 puntos
Entre 200 y 299 horas 0,30 puntos
Entre 300 y 399 horas 0,40 puntos
Entre 400 y 499 horas 0,50 puntos
Más de 500 horas 0,60 puntos

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2. Experiencia profesional (máximo 1 punto)

Por haber trabajado como tecnica/o en la gestión de
proyectos de Igualdad de Oportunidades entre 0,06 puntos/mes
mujeres y hombres

Por haber trabajado en programas de formación,
empleo y desarrollo iocal 0,04 puntos/mes

La puntuacion maxima aioanzable en esta fase es de 2 puntos, siendo
necesario haber superado las dos anteriores para que sean contabilizados.

La puntuación máxima alcanzable en el proceso selectivo será de 'I0
puntos y estará constituida por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada
una de las tres fases.

7. Relación de personas aprobadas _V presentación de documentos.

Una vez finalizado el proceso de selección, el Tribunal hará pública en tablon
de anuncios de la Mancomunidad de Municipios del Valle del Jerte y en el
tablón de anuncios del Instituto de la Mujer de Extremadura, ia relación de
personas aprobadas por orden de puntuación obtenida, sumando las
puntuaciones conseguidas por cada aspirante en cada una de las dos fases y
elevará propuesta de contratación a la Presidencia de la Mancomunidad a favor
de Eos/as 2 aspirantes que hayan obtenido mayor puntuación. Obteniendo la
plaza a jornada compieta el que mayor puntuación haya obtenido y a jornada
dei 50% al que haya quedado en segundo lugar.

En caso da renuncia, da alguno da los dos propuestos, se procederà al
llamamiento del siguiente en orden de mayor puntuacion, siempre y cuando
haya superado la primera prueba de la fase de oposición.

Dentro del plazo de 8 días naturales, los/as aspirantes propuestos/as deberán
aportar, en el registro general de la Mancomunidad de Municipios del Valle del
Jerte , los siguientes documentos:

- Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la

convocatoria

- Certificado médico.

- Declaración jurada de no hallarse la persone inhabilitada 0
suspendida para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber
sido separada del servicio de una Administración Pública.

- Documentos originales, o fotocopia compulsada, de los recogidos en

el punto Cuatro “Solicitudes y Plazos"

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8. Reclamaciones.

Las solicitudes y, en su caso, alegaciones y reclamaciones deberan dirigirse ai
Sr. Presidente/a de la Mancomunidad de Municipios del \/alle del Jerte , en la
forma que ésta establezca.

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